sábado, 25 de abril de 2020

Inimputabilidad y tratamiento recomendado para los enajenados mentales que cometen delitos.



Inimputabilidad y tratamiento recomendado para los enajenados mentales que cometen delitos.

Imagen1. Enajenación mental. Tomada de http://www.legaltoday.com/practica-juridica/penal/penal/la-enajenacion-mental-en-el-procedimiento-penal.

El tema de esta cuarta entrega es la inimputabilidad y tratamiento que es recomendado para los enajenados mentales que cometen delitos, pero antes de continuar con esto, es de suma importancia definir en primera instancia que es la enajenación mental y la inimputabilidad. Cabe destacar que de esta última sale otra noción como lo es la imputabilidad. Que también será descrita a continuación.

Enajenación Mental.

Iniciando con la enajenación mental ¨ una alteración tal de las facultades mentales que el individuo no tiene plena conciencia de los actos o hechos de los que es autor.¨ (Cabrera, 2014.),o dicho en otras palabras es locura, demencia o perdida de la razón en una persona.
En el caso del Derecho Penal la enajenación mental es una condición que exime a una persona de un delito por que se considera que esta, siendo enajenado mental posee un estado mental que no le permite hacerse responsable de los actos realizados, esto por la falta de juicio en la persona.

La enajenación mental es una causa de inimputabilidad penal y también es una de las circunstancian que resultan en eximir de responsabilidad criminal. Existen diferentes tipos de enajenación los cuales pueden tener como causa desde el alcoholismo por ejemplo, hasta un ¨ traumatismo craneal o bien el abuso de sustancias tóxicas, especialmente drogas.¨ (Cabrera, 2014.)

La enajenación no es innata, sino que surge como una perturbación mental o una forma patológica de adaptación a la realidad y en otros casos, puede tratar de generarse en un tercero a partir del adiestramiento, el entrenamiento y el adoctrinamiento.

Inimputabilidad.

Imagen 2. Inimputabilidad. Tomada de https://slideplayer.es/slide/13660184/

Ahora bien, la Inimputabilidad es un término que se vincula a la condición de inimputable. ¨Un sujeto inimputable es aquel que no es responsable penalmente de un ilicito que cometió ya que no está en condiciones de comprender su accionar o las consecuencias de éste.¨ (Merino, Definición.de, 2015.). o dicho en palabras más simples es cuando la persona que comete un hecho tipificado como delito carece de la madurez física y mental que la ley considera como imprescindible para exigirle la responsabilidad de sus actos.

La inimputabilidad puede decretarse por trastornos psicológicos o por la falta de madurez (este último caso corresponde a los delitos cometidos por niños).

El siguiente video explica sobre la Inimputabilidad.


Imputabilidad.


Imagen 3. Imputabilidad. Tomada de https://slideplayer.es/slide/4714019/

La definición de imputabilidad indica que ¨ La imputabilidad implica que una persona entiende que su accionar afecta los intereses de otros; por lo tanto, adapta su conducta a dicho entendimiento.¨ (Merino, Definición.de, 2015.) Si el individuo carece de esa comprensión, resulta inimputable y, por lo tanto, no es penalmente responsable del daño que causa.

El siguiente video explica sobre la Imputabilidad.


Tratamiento recomendado para los enajenados mentales que cometen delitos.

En nuestro país de acuerdo al Código Penal en su artículo 42 el cual indica que es inimputable quien, ¨en el momento de la acción u omisión, no posea la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, a causa de enfermedad mental, o de grave perturbación de la conciencia sea ésta o no ocasionada por el empleo accidental o involuntario de bebidas alcohólicas o de sustancias enervantes.¨ (Asamblea Legislativa, 1970.).

Para que una persona sea considerado enajenado mental, primeramente, debe de existir un estudio médico legal que indique después de una entrevista a la persona y analizando áreas de su vida como familia y entorno, que el mismo reúne los requisitos para ser considerado dentro de esta condición.

 Además, debe de existir también un informe emitido por el Instituto Nacional de Criminología en el cual se realiza toda una descripción del padecimiento de la persona, así como su nivel de peligrosidad y pronostico delictivo del mismo, para su inimputabilidad.

Una vez que en el expediente de la persona existen estos documentos que indican su enajenación mental, es considerado inimputable por lo que de acuerdo al artículo 388 del Código Procesal Penal de Costa Rica el procedimiento para la aplicación de medidas de seguridad indica que ¨este procedimiento se seguirá cuando haya elementos probatorios de los cuales pueda deducirse razonablemente que corresponde aplicar una medida de seguridad, en virtud de la inimputabilidad del acusado.¨ (Asamblea Legislativa C. R., 1996.)

Las medidas de seguridad para inimputables que contempla nuestro ordenamiento jurídico nacional son las siguientes:


  •  El ingreso en un hospital psiquiátrico.
  • El ingreso en un establecimiento de tratamiento especial educativo. 
  • Someterse a un tratamiento psiquiátrico.


En nuestro país se cuenta con dos centros especializados los cuales son utilizados para el ingreso de personas que son inimputables y a las cuales de acuerdo a los estudios realizados se les ordeno el internamiento en un hospital psiquiátrico, estos dos son el Hospital Nacional Psiquiátrico Manuel Antonio Chapui y Torres y el Centro de Atención para Personas con Enfermedades Mentales en Conflicto con la Ley o como se le conoce más comúnmente Capemcol.

Como ya se indicó para que una persona sea ingresada en uno de estos centros, primeramente, debió ser valorado por profesionales en psicología los cuales emiten la recomendación de su internamiento, así como del programa que se debe seguir para su atención específica.

Posteriormente el Juez analizando la recomendación del profesional ordena de acuerdo a sus alcances legales el internamiento el cual de acuerdo al Código Penal Nacional en su artículo 100 son de duración indeterminada y casi siempre se dan hasta que la persona pueda salir y recibir su tratamiento fuera de estos centros o en otro tipo de programa, emite una orden de internamiento.

La persona es trasladada al Hospital Nacional Psiquiátrico donde es nuevamente valorada y el profesional a cargo indica si se mantiene en dichas instalaciones para su tratamiento o si es remitido a Capemcol donde seguirá con su internamiento.

Para que una persona se le imponga esta medida de internamiento en estos dos centros, es que la medida es la única que funciona, ya que se le impone a quien representa un alto nivel de peligrosidad, cuyo injusto penal cometido es grave y pone en peligro a la sociedad.
 


Conclusión.

Como conclusión de esta cuarta entrega se puede obtener como la legislación nacional se ha encargado de respetar ciertas condiciones humanas presentes en las personas.

En este caso en particular se puede observar como a las personas que no tienen las capacidades mentales y volitivas para afrontar sus procesos penales se le remite previa valoración a uno de los dos centros especializados para su tratamiento con el fin no solo de mantener la firme convicción de justicia por los actos ilícitos, si no también velando por la seguridad de la sociedad y sobre todo de este tipo de personas que son considerados enajenados mentales.

Así como en el sistema penitenciario nacional se busca la reinserción a la sociedad de los privados de libertad, con este tipo de personas enfermas mentales se busca exactamente lo mismo, reinsertarlos a la sociedad d forma que sean personas de bien y sobre todo que no representen un posible peligro para la sociedad por sus condiciones especiales de salud.

Bibliografía

Asamblea Legislativa, C. R. (10. de Abril. de 1996.). Sistema Costarricense de Informacion Juridica. Obtenido de Codigo Procesal Penal.: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=41297&nValor3=96385&strTipM=TC
Asamblea Legislativa, R. d. (04. de Mayo. de 1970.). Sistema Costarricense de Informacion Juridica. Obtenido de Codigo Penal.: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=5027&nValor3=96389&strTipM=TC
Cabrera, J. (19. de Mayo. de 2014.). Libertaddigital.com. Obtenido de Psicología: Enajenación mental: https://esradio.libertaddigital.com/fonoteca/2014-05-19/psicologia-enajenacion-mental-74005.html
Merino, M. P. (2015.). Definición.de. Obtenido de Definicion de Inimputabilidad.: https://definicion.de/inimputabilidad/

No hay comentarios:

Publicar un comentario